Una Comunidad Energética debe cumplir tres condiciones:

1. Que sea una entidad jurídica que:

  • se base en la participación abierta y voluntaria
  • sea autónoma y esté efectivamente controlada por socios o miembros
  • esté situada en las proximidades de los proyectos de energías renovables
  • los proyectos sean de su propiedad y desarrollados por ella

2. Que sus socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos concejos y municipios

3.       Que su finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde opera, en lugar de ganancias financieras.

OBJETIVOS

Beneficios medioambientales

  • Permitir que los habitantes de Mendillorri se sumen a la producción fotovoltaica, para combatir el cambio climático.
  • Fomentar la participación ciudadana en la lucha contra la contaminación atmosférica, reduciendo la circulación de vehículos a motor a través del vehículo compartido.
  • Fomentar una mayor conciencia ambiental.
  • Reducir el consumo de fuentes energéticas fósiles para reducir las emisiones de CO2.
  • Participación activa en la transición energética.
  • Proteger el medio natural (agrícola, ganadero y forestal), reduciendo los grupos de instalaciones solares – o energía en nuestros montes y campos.

Beneficios sociales

  • Empoderar a los vecinos frente a las grandes empresas eléctricas.

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