Una Comunidad Energética debe cumplir tres condiciones:
1. Que sea una entidad jurídica que:
- se base en la participación abierta y voluntaria
- sea autónoma y esté efectivamente controlada por socios o miembros
- esté situada en las proximidades de los proyectos de energías renovables
- los proyectos sean de su propiedad y desarrollados por ella
2. Que sus socios o miembros sean personas físicas, pymes o autoridades locales, incluidos concejos y municipios
3. Que su finalidad primordial sea proporcionar beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus socios o miembros o a las zonas locales donde opera, en lugar de ganancias financieras.
OBJETIVOS
Beneficios medioambientales
- Permitir que los habitantes de Mendillorri se sumen a la producción fotovoltaica, para combatir el cambio climático.
- Fomentar la participación ciudadana en la lucha contra la contaminación atmosférica, reduciendo la circulación de vehículos a motor a través del vehículo compartido.
- Fomentar una mayor conciencia ambiental.
- Reducir el consumo de fuentes energéticas fósiles para reducir las emisiones de CO2.
- Participación activa en la transición energética.
- Proteger el medio natural (agrícola, ganadero y forestal), reduciendo los grupos de instalaciones solares – o energía en nuestros montes y campos.
Beneficios sociales
- Empoderar a los vecinos frente a las grandes empresas eléctricas.
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